EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Las causas del origen y desarrollo de los métodos alternativos de Solución de conflictos en Colombia se centran en la cultura de la violencia y la judicialización. La cultura de la violencia tiene que ver con la creencia de que los conflictos Y las divergencias se solucionan incondicionalmente por medio de la disputa, lo que ocasiona altos índices de violencia generalizada, otro de los ámbitos que desarrolla la cultura de la violencia tiene que ver con la falta de credibilidad en la justicia, es decir que no puede existir otra herramienta para solucionar los conflictos, sino por la fuerza propia de cada persona, es así como se legitima la importancia, la necesidad el origen de los métodos alternativos de solución de conflictos.
LEGISLACIÓN
NORMATIVIDAD EN COLOMBIA
Los
antecedentes legales de los MASC tienen que ver con el origen de los
mismos. A continuación ilustraremos algunas fechas importantes, pero se
podrán ampliar en el cuadro que se planteó más arriba.
Lo
primero que habría que acotar al tema normativa, tiene que ver con los
fundamentos constitucionales de los métodos alternativos de solución de
conflictos, este fundamento constitucional está contemplado en el Artículo 116° de la Constitución Política de Colombia, en su inciso Final: “Los
particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de
administrar justicia en la condición de jurados en las causas
criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes
para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que
determine la Ley”.
Una
vez visto el tema de los fundamentos constitucionales, pasamos al tema
de los fundamentos Legales de los métodos alternativos de solución de
conflictos, cada uno de estos argumentos, serán enumerados a
continuación:
1. Decreto 2279 de 1989: este
decreto implemento sistemas de solución de conflictos particulares,
regula el proceso arbitral, surgió el arbitraje técnico e internacional,
se regulo la amigable composición y la conciliación.
2. Ley 23 de 1991: se
crean los mecanismos de des congestión de despachos judiciales, se
modifica la normatividad del Decreto 2279 de 1989, se asigna
conocimiento de intervenciones a los inspectores de policía o alcaldes,
se regula el tema de la conciliación en materia de familia,
administrativa y laboral.
3. Decreto 2651 de 1991: se
promulgaron normas transitorias para descongestionar los despachos
judiciales, se modificaron normas frente a la conciliación y el
arbitraje de acuerdo con la normatividad anteriormente mencionada y se
modificaron además las normas del código de procedimiento civil, la
conciliación y las pruebas.
4. Ley 446 de 1998: se
adoptaron normas del Decreto 2651 de 1991 como legislación permanente,
se derogan normas del Decreto 2279 de 1989 y de la Ley 23 de 1991 y
además se modifican normas del
código de procedimiento civil y el código contencioso administrativo.
5. Decreto 1818 de 1998:
se promulgo el estatuto de los métodos alternativos de solución de
conflictos y además se unieron algunas disposiciones frente al
arbitraje, la conciliación y la amigable composición.
6. Ley 640 de 2001: se
regulo la conciliación extrajudicial, se optó por el requisito de
procedibilidad por medio de la conciliación, se dio origen al Consejo
Nacional de Conciliación y se perfeccionaron las calidades del
conciliador.
7. Decreto 030 de 2002: se
plantearon algunas disposiciones sobre el registro de actas
(procedimiento, efectos y competencia) y se programaron las tarifas de
los conciliadores.
8. Resolución 299 de 2002: se plantearon algunas disposiciones frente a los centros de conciliación dentro de los consultorios jurídicos.
9. Resolución 1399 de 2003: Requisitos para obtener el Aval para capacitación de conciliadores.
10. Resolución 1342 de 2004: se crearon los centros de conciliación y arbitraje.



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